REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Seis (06) de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

Visto que la Audiencia Preliminar en el presente asunto estaba prevista para el día de hoy miércoles (06) de agosto de dos mil ocho, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), según auto de fecha 14-07-2008, que riela al folio 12, y debido a asuntos propios del Tribunal, que impiden a la ciudadana Juez presidir dicha audiencia; En consecuencia y en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, quien Juzga, acuerda diferir la Audiencia Preliminar para el día VIERNES DIECINUEVE (19) DE SEPTIEMBRE DE 2008, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase.

La Juez,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.



La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL.

UP11-L-2008-000332-Oswaldoliscano.