REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000348.
PARTE DEMANDANTE: MAURICIO JIMENEZ RIVAS.
ASISTIDO POR: Abg. MARIELA ELISA PIÑERO MONTOYA.
PARTE DEMANDADA: MOISES GIMENEZ.
REPRESENTADO POR: Abg. DAVID FLORES PIÑA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Seis (06) días del mes de Agosto de 2008, siendo las 12:00 M., del Mediodía, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: MAURICIO JIMENEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.588.750, de este domicilio, debidamente asistido en esta oportunidad por la Abogada en ejercicio: MARIELA ELISA PIÑERO MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.270.572 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.417, de este domicilio, en CONTRA: del ciudadano: MOISES GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.506.399, de este domicilio, en su condición de parte Demandada, representado en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: DAVID FLORES PIÑA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.169, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación de la parte Demandada, conforme a la causa signada con el N° UP11-L-2008-000348, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto el Actor asistido por Abogado y el Apoderado Judicial de la parte Demandada; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día LUNES 22-09-2008, a las 09:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que el Actor asistido por Abogado, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles, con Cuatro (04) anexos marcados con las letras: “A”,” “B”,”C” y “D”. Así mismo, esta Sentenciadora deja constancia que el Apoderado Judicial de la parte Demandada, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Seis (06) folios útiles, con Dieciocho (18) anexos marcados con las letras: “A” y “B”, en este estado el Apoderado Judicial de la parte Demandada pide la Certificación del Acta Constitutiva, la cual anexo a esta Acta marcada con la letra “A”. A tal efecto, quien Juzga ordena practicar la certificación de la referida Acta Constitutiva y por consiguiente acuerda devolver su Original.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Seis (06) días del mes de Agosto de 2008. Siendo 01:10 PM de la Tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
MAURICIO JIMENEZ RIVAS.
MOISES GIMENEZ.
Asistido por: Representado por:
Abg. MARIELA E. PIÑERO M.
Abg. DAVID FLORES PIÑA.
La Secretaria Accidental.
Abg. ZORAN GARCIA.
AVLH/ZG.
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