REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO

República Bolivariana De Venezuela




Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

San Felipe, Cuatro (04) de Agosto de 2008

198° y 149°

ASUNTO: UP11-L-2007-000093

Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:

PARTE DEMANDANTE:

Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:

A. En cuanto al principio de la comunidad de la prueba descrita en el capitulo PRIMERO NO se ADMITE, por cuanto no es un medio de prueba.

B. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capítulo SEGUNDO, referente a constancia de Trabajo y recibos de pago este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.

PARTE DEMANDADA:

Visto el escrito de pruebas presentado por la parte demandada, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:

A. En cuanto a las pruebas descritas en el capítulo PRIMERO, referente a documentales este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho. En cuanto a la prueba de informe, se ADMITE, por lo que se ordena a oficiar a PRIMUS SEGUROS C.A. y a la entidad Bancaria CENTRAL BANCO UNIVERSAL para que informen a este tribunal: a) El pago del Fideicomiso y antigüedad de la ciudadana JISSIE MARCOLINA DÍAS PIÑA C.I: 7.577.977. Librese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez,

Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;

Abg. Mirbelis Almea