REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2007-000295

En el día de hoy, lunes (08) de Diciembre del año Dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoada por los ciudadanos CANDELARIO SANCHEZ Y OTROS contra EL INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO YARACUY. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora, representada por los Abogados, DAMASO ARNOLDO SUAREZ Y OSWALDO HENRIQUEZ inscritos en el Inpreabogado bajo los números 62.051 y 102.394 respectivamente. Asimismo se deja constancia que la parte demandada se encuentra representada por el abogado ANA RAMONI TORREALBA inscrita en el Inpreabogado bajo el número 114.880. Igualmente se deja constancia que la Procuraduría General del Estado Yaracuy, se encuentra representada en este acto por el Abogado LUIS ALFREDO REINOSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 119.669. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, el secretario JEAN CARLOS TERAN y el Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.

Seguidamente, se concedió el derecho de palabra a la parte actora representada por el Abogado DAMASO ARNOLDO SUAREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.051, quien ratifico lo expuesto y alegado en su libelo de demanda.
Seguidamente tomo la palabra la representación de la parte demandada, la Abogada ANA TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 114.880, quien formulo su defensa.
Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarreplica.
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:

LA PARTE ACTORA PROMOVIÓ LAS SIGUIENTES PRUEBAS:

a) Prueba Testimonial:

> Declaraciones de los ciudadanos: Alexis Antonio Arias, Zoraida Coromoto Sánchez, se deja constancia que los antes señalados ciudadanos no comparecieron al presente acto
B) Documentales:

> Copias fotostáticas certificadas del expediente nro. DM001-2005 sustanciado por ante la Inspectoria del Trabajo (f.4 pza 2 al 701 pza 5) No hay Observación.

b) Prueba de Exhibición: Documento de Transacción Laboral: No hay observación.

LA PARTE DEMANDADA PROMOVIO:

Documentales:

> Copias simples de acuerdo firmado en fecha 18-04-06 (f. 105 al 109 pza 1) No hay Observación

> Copia simple de acta de fecha 20-12-05 (f.110) No hay observación

> Copia simple de cheque nro. 03553990 (f.111) No hay observación

> Copia simple de Recibo de pago (f.112 al 113) No hay observación

> Copia simple de Diligencia (f.114) No hay observación

> Copia simple de Revocatoria de Poder (f.117 al 118) No hay observación

> Prueba de Informe: a la Inspectoria del Trabajo del Estado Yaracuy, No Consta en autos sus resultas.

En este estado este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.

Vencido dicho lapso la ciudadana Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano CANDELARIO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro 7.580.433, Y OTROS contra INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y LA EXCLUCION SOCIAL DEL ESTADO YARACUY. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y LA EXCLUCION SOCIAL DEL ESTADO YARACUY al pago de los montos y conceptos que se expresen en el texto integro de la sentencia. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la demandada de conformidad con la sentencia de fecha 04/04/2006 de la sala de Casación social del Tribunal supremo de Justicia Trina Betancourt vs. Corposalud – Aragua. CUARTO: Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. QUINTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.

EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. OLGA NUÑEZ DE MEZA


PARTE ACTORA: PARTE DEMANDADA:

ABG. DAMASO A. SUAREZ ABG. ANA TORREALBA
ABG OSWALDO A. HENRIQUEZ

POR LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO YARACUY
ABG. LUIS A. REINOSO

EL SECRETARIO,

ABG. JEAN CARLOS TERAN A.

EL ALGUACIL;

JOSE GONZALEZ