REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, treinta (30) de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: UP11-L-2007-000643
Vista la diligencia suscrita por los Abogados en ejercicio: ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.555, actuando con su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante por una parte, y por la otra el Abogado en ejercicio: LUIS EDUARDO DOMÍNGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.918, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada de autos, mediante la cual exponen: “Solicitamos al Tribunal diferir la Audiencia fijada para el día 30 de enero del año 2008, petición que se hace a fin de realizar una reunión con los representantes legales de la Empresa a realizarse el día 30 de Enero en la ciudad de Puerto Cabello”. En consecuencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado en autos, por lo tanto acuerda DIFERIR esta Audiencia Preliminar, en consecuencia, se fija para el día MIÉRCOLES TRECE (13) DE FEBRERO DE 2008, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), no se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. NORAYDEE REVEROL VEROES
AVLH/NRV/dilciasosa
Hora de Emisión: 11:44 AM