REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LOS MUNICIPIOS ARÍSTIDES BASTIDA, JOSÉ ANTONIO PÁEZ, NIRGUA, BRUZUAL, URACHICHE Y PEÑA.

Chivacoa, 29 de Enero de 2.008
197° y 148°



Quien suscribe, Yelimer del Carmen Pérez R., Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: “Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales los cuales tuve a la vista ad efectum videndi. Estos corren insertos en los folios desde el Nº treinta y ocho (38), cuarenta (40), cincuenta y uno (51), cincuenta y dos (52), cincuenta y cinco (55), sesenta y ocho (68) y sesenta y nueve (69) del Expediente Nº 00111, contentivo de la demanda que por Acción de Interdicto de Amparo por Perturbación, han incoado los ciudadanos Fiano Fiano Pascuale Michele y Scardapane de Fiano María Loreta, contra Yannelly Luís Antonio, de igual manera se deja constancia de que se devuelven todos los documentos Originales que se encuentra insertos en este expediente, previa solicitud realizada por la Abogada Yris Anzola. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Certificación que se expide en Chivacoa a los Veintinueve (29) días del mes de Enero de Dos Mil Ocho (2.008). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-


LA SECRETARIA ACC

YELIMER DEL C. PEREZ R.