ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-002490
ASUNTO : UP01-P-2006-002490
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal en fecha 10-03-2006, condenó al ciudadano ROGER DAVID SAN BLAS RIVERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 18.548.243, Residenciado en el Barrio la Conquista, Calle 03, Casa sin Número, Parroquia Marín del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN por la comisión del Delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado fue detenido el día 04-09-2006 hasta el 05-09-2006 cuando el juzgado de control N° 04 le otorga cautelar de presentación, por lo que se infiere que estuvo detenido SEIS (06) MESES faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES Y SSDIECISEIS (16) DÍAS la cual vence el 18-08-2009 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a partir de la presente fecha. Vista la solicitud de la defensa se ordena oficiar a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del recluso a los fines de que remita a este Despacho la Certificación de Antecedentes Penales anexando copia certificada de la Sentencia Condenatoria del mencionado penado; Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial al penado anexando copia certifica da del presente auto y se le solicita al penado consigne oferta de trabajo. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución N° 01
Abg. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN
La Secretaria
Abg. MARIA ISABEL SUEIRO
El Juez
El Secretario
Abog. Esmeralda Leticia López Guzmán
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