REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO


República Bolivariana de Venezuela

EN SU NOMBRE





Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Años: 197º y 148º

ASUNTO Nº.: UP11-L-2007-000527. -

PARTE DEMANDANTE: JORGE RAFAEL MARIN.

APODERADO JUDICIAL: Abgs. EFREN CARIPA, IPSA N° 53.216

PARTE DEMANDADA: FINCA O GRANJA LAS PEÑAS

APODERADO JUDICIAL: Abg. MONICA MONTILLA IPSA Nº 78.875

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS


Se inicia el presente proceso de juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales que sigue el ciudadano JORGE RAFAEL MARIN, el cual fue llevado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 18 de Octubre de 2007, en contra de FINCA O GRANJA LAS PEÑAS.
En vista de la incomparecencia a esta Audiencia del demandante el ciudadano JORGE RAFAEL MARIN, o de su Apoderado judicial, de conformidad con el Articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:

PRIMERO: DESISTIDA la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano JORGE RAFAEL MARIN contra FINCA O GRANJA LAS PEÑAS, ambas partes plenamente identificadas en autos.

SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la ley.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San Felipe Veintidós (22) día del mes de Febrero del año 2008. Años: 197º y 149º.

El Juez;

Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;

Abg. Grecia Verastegui

En la misma fecha se publicó siendo las 11:00 de la mañana.
La Secretaria;

Abg. Grecia Verastegui