REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 23 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-002265
ASUNTO : UP01-P-2006-002265
Visto que el día Lunes 17-03-2008, tome posesión del Juzgado de Control Nº 6, por cuanto fui designada por la Presidencia de este Circuito Judicial Penal para presidir el Tribunal de Control N° 6, según oficio signado con el Nº 0560-2008, de fecha 13 de Marzo del 2008, en virtud de las Rotaciones Anuales de Jueces, es por lo que me ABOCO al conocimiento del presente asunto y virtud que existe un escrito consignado por el Abg. Freddy Alcina, en su carácter de Defensor Publico Sexto del ciudadano: LUIS ALBERTO OVIEDO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.611.029, soltero, albañil, residenciado en la Avenida 12 entre calles 4 y 5 Casa N° 52, Barrio La Peñita cerca de la Frutería El Palito, Chivacoa Estado Yaracuy;, imputado por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 del Código Penal, en el cual solicita ante este Juzgado un régimen de presentación más amplio para su defendido por cuanto su defendido esta cumpliendo con la medida impuesta de presentación cada ocho (08) por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, la cual esta cumpliendo fiel y cabalmente. Señala la Defensora que han transcurrido once (11) Meses que su defendido esta cumpliendo con las presentaciones es por lo que solicita se le amplié la medida de presentación en virtud de que su patrocinado se encuentra trabajando anexa constancia de trabajo. Este Tribunal de Control N° 6 para decidir lo solicitado observa: PRIMERO: En fecha 07 de Agosto de 2006, este Juzgado en audiencia especial de presentación de imputados les impone una medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano LUIS ALBERTO OVIEDO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.611.029, soltero, albañil, residenciado en la Avenida 12 entre calles 4 y 5 Casa N° 52, Barrio La Peñita cerca de la Frutería El Palito, Chivacoa Estado Yaracuy; por lo cual el imputado debería presentarse cada 08 días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se observa a través de Sistema Computarizado Juris 2000 que el imputado ciudadano LUIS ALBERTO OVIEDO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.611.029, soltero, albañil, residenciado en la Avenida 12 entre calles 4 y 5 Casa N° 52, Barrio La Peñita cerca de la Frutería El Palito, Chivacoa Estado Yaracuy; esta cumpliendo cabalmente con las presentaciones impuestas por este Juzgado, lo cual demuestra su voluntad de no sustraerse del proceso penal que se le sigue. Con fundamento a lo anterior es por lo que este Tribunal de Control N° 6, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad de presentación de cada 08 días a cada (15) días, ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal al imputado LUIS ALBERTO OVIEDO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.611.029, soltero, albañil, residenciado en la Avenida 12 entre calles 4 y 5 Casa N° 52, Barrio La Peñita cerca de la Frutería El Palito, Chivacoa Estado Yaracuy; contados a partir de la publicación de la presente decisión de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y deberá consignar a la brevedad posible ante este Juzgado de Control constancia de trabajo. Notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Control N° 6 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán Abg. Dafne Lucambio
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