REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 23 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-000809
ASUNTO : UP01-P-2007-000809
Visto que existe un escrito consignado por la Abg. Magali García, en su carácter de Defensora Publica Séptima del ciudadano: ANTONIO LEONARDO BRACHO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.890.975, soltero, Residenciado en la Urbanización los Pinos, Estado Yaracuy; imputado por la comisión del delito delitos de Aprovechamiento de Vehículo Automotor Proveniente del Hurto o Robo y Lesiones Personales previsto y sancionado en los artículos de la Ley Sobre el Hurto Y Robo de Vehículos automotores y 417 del Código Penal Vigente, en el cual solicita ante este Juzgado un régimen de presentación más amplio para su defendido por cuanto su defendido esta cumpliendo con la medida impuesta de presentación cada ocho (08) por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, la cual esta cumpliendo fiel y cabalmente. Señala la Defensora que han transcurrido un (1) Año que su defendido esta cumpliendo con las presentaciones es por lo que solicita se le amplié la medida de presentación. Este Tribunal de Control N° 6 para decidir lo solicitado observa: PRIMERO: En fecha 10 de Marzo de 2007, este Juzgado en audiencia especial de presentación de imputados les impone una medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano ANTONIO LEONARDO BRACHO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.890.975, soltero, Residenciado en la Urbanización los Pinos, Estado Yaracuy;; por lo cual el imputado debería presentarse cada 08 días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se observa a través de Sistema Computarizado Juris 2000 que el imputado ciudadano ANTONIO LEONARDO BRACHO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.890.975, soltero, Residenciado en la Urbanización los Pinos, Estado Yaracuy; esta cumpliendo cabalmente con las presentaciones impuestas por este Juzgado, lo cual demuestra su voluntad de no sustraerse del proceso penal que se le sigue. Con fundamento a lo anterior es por lo que este Tribunal de Control N° 6, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad de presentación de cada 08 días a una (1) vez al mes, ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal al imputado ANTONIO LEONARDO BRACHO, Venezolano, de 24 años de edad, 11/11/1982, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.890.975, soltero, Residenciado en la Urbanización los Pinos, Estado Yaracuy; contados a partir de la publicación de la presente decisión de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y deberá consignar a la brevedad posible ante este Juzgado de Control constancia de trabajo. Notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Control Nº 6 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán Abg. Dafne Lucambio
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