REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Diez (10) de Julio de Dos Mil Ocho.-
196º y 147º

ASUNTO: UP11-L-2008-000214

Visto que para el día de hoy Jueves Diez (10) de Julio de 2008, a las Once de la mañana (11:00 AM), estaba prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada en la presente causa y por causa de otras actividades inherentes al Juzgado, no puede ser celebrada. En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR de oficio la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día MARTES 05-08-2008 a las NUEVE DE LA MAÑANA 9:00 (AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

El Juez,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Secretaria,


Abg. NORAYDEE REVEROL
AVLH/NR/lisbethcamacaro