REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, Dos de Junio del año Dos Mil Ocho.-
197º y 149º
Vista las actas que rielan a los folios 12 y 13 del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: PASTOR JOSE MOTA DELGADO y ANA YUSMARY LEDEZMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-16.453.761 y V.- 17.494.328, parte demandada y demandante, respectivamente, convinieron el monto de la obligación alimentaría a favor de su hijo: (Identificación Reservada), y donde el padre del mismo: “Se comprometió en aportar a partir del 15/06/2008 como obligación de Manutención la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES QUINCENALES (Bs.150.oo), que serán consignados por antes este Tribunal; y adicional a éste, cubrirá el 100% de los gastos por atención médica, medicina, vestido, calzado, cultura, recreación y deporte cuando el niño lo amerite; es todo”.- Es por ello que este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley y por cuanto lo convenido no es contrario al interés del niño y versa sobre derechos disponible ACUERDA: HOMOLOGAR LA CONCILIACIÓN SUSCRITA ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. La obligación alimentaría aquí establecida se ajustará en forma automática y proporcional conforme a lo dispuesto con el Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. -
Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nirgua, a los Dos (02) día del mes de Junio del año Dos Mil Ocho.- Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ TITULAR
Abog. Iván Palencia Arias.-
LA SECRETARIA, Titular
Abog. Melida Rodríguez.-
En esta misma fecha y siendo las 2:30 p.m., se publicó la anterior Decisión.-
La Secretaria, Titular.
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