REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, Nueve (09) de Junio del año Dos Mil Ocho.-
198º y 149º
Vistas las actas que rielan a los folios 12 y 17 del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: ORLANDO RAMON SANCHEZ y MARIA DEL CAMEN PERAZA, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 15.300.307 y V.- 10.956.281, parte demandada y demandante, respectivamente, convinieron el monto del Aumento de la Obligación de Manutención, en beneficio de: (identificación Reservada), donde el padre de la misma: “Se comprometió en aumentar la Obligación de Manutención, la cantidad de DIEZ BOLIVARES (Bs. 10,oo), SEMANALES; es decir que le entregaré todos los días viernes a la demandante la cantidad TREINTA BOLIVARES (Bs. 30,oo).- Adicional a está aportará en el mes de Diciembre, la suma de Bs.400,oo, por concepto de Aguinaldos; de la misma manera cubrirá el 50% de los demás gastos como son: atención médica, medicina, vestido, calzado, educación, cultura, recreación y deporte cuando su hija lo amerite; es todo.- Ofrecimiento que fue aceptado por la demandante ciudadana: MARIA DEL CARMEN PERAZA, arriba identificada.- Es por ello que este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley y por cuanto lo convenido no es contrario al interés del niño y versa sobre derechos disponible ACUERDA: HOMOLOGAR LA CONCILIACION SUSCRITA ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nirgua, a los Nueve (09) días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho.- Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
EL JUEZ, Titular
Abog. Iván Palencia Arias.-
LA SECRETARIA, Titular
Abog. Mélida Rodríguez.-
En la misma fecha y siendo las 11:00 a.m., se publicó la anterior Decisión.-
La Secretaria.-
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