ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2004-000252
ASUNTO : UP01-P-2004-000252

Revisado el presente asunto se evidencia que desde el día 25 de Octubre del 2006 no se le actualizados los cómputos al penado DANNY YUMIL OROPEZA titular de la cédula de identidad N° 11.274.300, este Tribunal en cumplimiento de las atribuciones establecidas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 1 a cumplir la pena UN (1) AÑO SEIS (6) MESES por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, posteriormente fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 2 en fecha a cumplir la pena DOCE (12) AÑOS por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL.
SEGUNDO: Consta en actas del presente dossier auto de fecha 25 de Octubre del 2006 donde se acumulan las penas por los dos delitos resultando la pena a cumplir de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (6) MESES.
TERCERO: Se evidencia en autos que el penado fue detenido el día 26/04/2004 hasta la presente fecha 18/06/2008 por lo que tiene detenido CUATRO (4) AÑOS UN (1) MES VEINTIDOS (22) DIAS. CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta OCHO (8) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y OCHO (8) DIAS, que vencen el día 26 DE OCTUBRE DEL 2016.
QUINTO: Puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Extinguido; REGIMEN ABIERTO: 26/06/2008; LIBERTAD CONDICIONAL: 28/08/2012 Y CONFINAMIENTO: 11/09/2013.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado DANNY YUMIL OROPEZA titular de la cédula de identidad N° 11.274.300. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al penado, al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Cúmplase.

Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Rosana Ceresa
Secretaria