REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Catorce (14) de Marzo de Dos mil Ocho
197º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2007-000583
Vista la diligencia que antecede suscrita por los Abogados en ejercicio: GILBERT CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.066, actuando en su condición de Apoderado Judicial del Actor por una parte y por la otra los Abogados en ejercicio: IRIS ANZOLA y LUIS EDUARDO DOMINGUEZ, ambos identificados en autos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 62.068 y 20.918 respectivamente, quienes actúan en representación de la parte demandada, mediante la cual solicitaron la Reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día de hoy Viernes Catorce 14 de Marzo de 2008, a las Doce del Medio día (12:00 .m.), por cuanto se ha presentado una propuesta en espera de una respuesta. En consecuencia, quien Sentencia considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda conforme lo solicitado por las partes, a REPROGRAMAR la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y a tal efecto se fija para el día LUNES TREINTA y UNO (31) de MARZO de 2008, a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.), no se acuerda notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho.-
La Juez
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Secretaria,
Abg. NORAYDEE REVEROL