REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

Veintiuno (21)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, cinco (05) de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: UP11-S-2007-000064
Vista la diligencia suscrita por el Abogado en ejercicio: JOSÉ LUIS OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.594, actuando en representación de la Empresa: PROMOTORA K.D.M. C.A., demandada de autos, por una parte, y por la otra los Abogados en ejercicio: GILBERTO CORONA y DAVID CRESPO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.407 y 65.218 respectivamente, actuando en representación de la demandante de autos, mediante la cual solicitaron la reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada prevista para el día de mañana: 06-03-2008 a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) en la presente causa. En consecuencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado en autos, por lo tanto acuerda REPROGRAMAR esta prolongación de Audiencia Preliminar, y se fija para el día LUNES DIECISIETE (17) DE MARZO DE 2008, a las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM), no se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ

La Secretaria,



Abg. NORAYDEE REVEROL VEROES



AVLH/NRV/dilciasosa.-
Hora de Emisión: 9:48 AM