REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2008-000003

En el día de hoy, Jueves Seis (06) de Marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las diez de la mañana (10:00 A. M.), se abrió la sesión presidida por la Abogada OLGA NUÑEZ DE MEZA, quien actúa en sede Constitucional, con la asistencia del secretario accidental Abogado RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO y el Alguacil JOSÉ GONZALEZ.
Constituido el Tribunal Constitucional en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a las Diez de la mañana (10:00 A. M.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, donde las partes o sus representantes legales expresen en forma oral y pública los argumentos respectivos, en relación con la acción de Amparo Constitucional propuesta por los ciudadanos: CARMEN CECILIA FERRI, NELSON FERREIRA, MABEL GONZALEZ, EDGARDO CAMACHO, TEODORO ARTEAGA, RAQUEL GONZALEZ, CARLOS ALVAREZ, ANA RAMIREZ, PEDRO SALAS y JUAN CARLOS NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 12.728.993, 7.319.130, 8.512.145, 4.483.943, 5.464.750, 11.272.147, 7.384.126, 14.337.327, 10.365.042 y 13.618.000 respectivamente, en contra de los ciudadanos: RODRIGO CHIRINOS, DELFIN SALAS, JESUS ADAMES, JOSE PAUL RODRIGUEZ, ALIRIO GONZALEZ y PEDRO FLORES.
Seguidamente, se procedió a la verificación de la asistencia de las partes, dejándose constancia que no se hizo presente a la celebración de este acto ninguna de las partes, a saber la parte agraviada, agraviante y la representación de la Fiscalía del Ministerio Público
En este estado, interviene la ciudadana Juez y manifiesta: Vista la incomparecencia de la parte presuntamente agraviada y agraviante, este Tribunal PRIMERO de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en aplicación de la sentencia de fecha 1° de febrero de 2000 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: TERMINADO el presente procedimiento, pues no se evidencia que de los hechos alegados se esté afectando el orden público. El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.

Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.

El Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;

Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA




El Secretario;

Abg. RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO



El Alguacil;

JOSÉ GONZÁLEZ
ONM/REA.-
DIOS y FEDERACIÓN.-