REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy
Tribunal Penal de Juicio de San Felipe
San Felipe, 7 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-000500
ASUNTO : UP01-P-2006-000500


Visto el escrito presentado por la Defensa, Abog. KETY SANCHEZ, en su carácter de defensora Privada del ciudadano CARLOS LOBOS, se revise la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que pesa sobre el acusado, por cuanto se están presentándose cabalmente, por lo que solicita la ampliación de la medida.

Este Tribunal observa:
De conformidad al Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, el imputado podrá solicitar la revisión de la medida cautelar dictada en su contra las veces que lo considere pertinente.

En fecha 01 marzo de 2006 el Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, en la Audiencia de presentación de imputado Acordó la aplicación del Procedimiento Abreviado e impone Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado CARLOS LOBOS, mediante la cual deberán presentarse cada quince días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal,

En fecha 10 de de Noviembre del 2006, este tribunal primero de Juicio mediante auto fundado amplia el lapso de presentación a cada treinta días de conformidad al 256 Numeral 3 en consecuencia esta Juzgadora no tiene materia sobre la cual decidir y asi se decide.


Por lo expuesto, este Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley considera que no tiene materia sobre la cual que decidir, ya que había sido ampliado el régimen de presentación, en consecuencia, se acuerda mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada al acusado CARLOS LOBOS, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, de presentación cada treinta días. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Cúmplase.

La Jueza de Juicio N° 1
Abog. Gloria Sofia Fuenmayor González


La Secretaria
Abg. Meribel Serrano