ASUNTO PRINCIPAL : UL01-P-2000-000026
ASUNTO : UL01-P-2000-000026

Celebrada audiencia especial en el día 28 de Abril del 2008 en la sede del Internado judicial de esta ciudad con el penado LORENZO ANTONIO FLORES ALVARADO titular de la cédula de identidad N° 15.107.657, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado a cumplir la pena DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO INTENCIONAL Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido la primera vez el día 10/04/1997 hasta el día 28/07/1998 por lo que tiene detenido UN (1) AÑO TRES (3) MESES DIECIOCHO (18) DIAS, la segunda detención es desde el día 13/06/2001 hasta el día 26/01/2003 por lo que tiene detenido UN (1) AÑO SIETE (7) MESES TRECE (13) DIAS, la tercera detención es el día 23/04/2004 hasta la presente fecha 28/04/2008 por lo que tiene detenido CUATRO (4) AÑOS CINCO (5) DIAS.
TERCERO: Según las constancias anexas en el Acta de Redención, el penado LORENZO ANTONIO FLORES ALVARADO, laboró desde el día 01/08/1997 al 27/07/1998, lapso este que dieron origen a una redención de la pena de ONCE (11) MESES VEINTISEIS (26) DIAS, por lo que el único lapso por el cual se le redime la pena es el que reducidos a la mitad da un total de CINCO (5) MESES VEINTIOCHO (28) DIAS, la segunda redención labor desde el día 02/07/2001 al 06/06/2002, lapso este que dieron origen a una redención de la pena de ONCE (11) MESES CUATRO (4) DIAS por lo que el único lapso por el cual se le redime la pena es el que reducidos a la mitad da un total de CINCO (5) MESES DIECISIETE (17) DIAS, según la conversión indicada en el Artículo 3 antes mencionado, que sumado al tiempo que lleva detenido de ONCE (11) MESES QUINCE (15) DIAS da un total de SIETE (7) AÑOS DIEZ (10) MESES VEINTIUN (21) DIAS.
CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO (4) AÑOS, UN (1) MES NUEVE (9) DIAS, que vencen el día 07 DE JUNIO DEL 2012.
CUARTO: Así mismo se le informa al penado que en razón de la revocatoria del beneficio de Destacamento de Trabajo solo podrá optar a la Conmutación de la pena en Confinamiento a partir del día 07 DE JUNIO DEL 2009.
Una vez actualizado los cómputos el penado manifiesta que se le redima la pena por trabajo es por lo que se ordena oficiar a la Junta Rehabilitadora a los fines de que realicen la redención de la pena por trabajo y/o estudio del penado de autos. Queda así actualizado el cómputo de pena del penado LORENZO ANTONIO FLORES ALVARADO titular de la cédula de identidad N° 15.107.657. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Cúmplase.


Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Rosana Ceresa
Secretaria