REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control N°1 de la Sección Adolescentes
Del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy

San Felipe, 20 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2005-000079
ASUNTO : UP01-D-2005-000079

Revisado el contenido de las actuaciones que conforman el presente expediente que obra en contra del adolescente Hermen Alvarado Ordóñez, en el asunto penal N° UP01-D-2005-000079, en perjuicio de la ciudadana María Yudhit Mister, por la comisión del delito de Hurto Simple previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Venezolano y vista la solicitud de sobreseimiento Definitivo formulada por el Ministerio Publico especializado por muerte del imputado antes señalado según consta en el acta de Defunción N° 889 tal como lo estipula el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia 48 ordinal 1° ejusdem este Tribunal de Control N°1 de la Sección para decidir lo peticionado por las partes observa lo siguiente :


I
De la Petición Fiscal

El Fiscal Novena del Ministerio Público representada en este acto por el Abg. Esaú Alejandro Alba Morales, quien en su carácter de de fiscal especializado del Ministerio Público en materia penal del adolescente y en uso de las atribuciones que me confieren las leyes de Venezuela consigno ante este Despacho copia simple de Certificado de Defunción N° 889 de quien en vida respondía al nombre de Hermen Gregorio Álvarez, de 16 años de edad, residenciado en el Municipio Bruzual y falleció el día 17/10/06 como consecuencia de Shock Hipovolemico, heridas por arma de fuego región toráxico abdominal según certificación expedida por la Dra Ana Maria Urdaneta es por lo que solicita a este Despacho se decrete el Sobreseimiento Definitivo en la presente causa por extinción de la acción penal por muerte del imputado conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 48 ordinal 1° ejusdem , por remisión expresa del Artículo 537 de la referida ley orgánica especial que nos rige como materia penal especializada.


II
Análisis del Tribunal

Este Tribunal de Control N°1 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY oída la solicitud del Ministerio Público y revisado el acta consignada como es la certificación de acta de defunción donde consta que el adolescente HERMEN ALVARADO ORDOÑEZ falleció en fecha 17/10/2006 ocasionada por heridas por disparos de Armas de Fuego en la región Toráxico abdominal de acuerdo a la certificación del Registro Civil del Municipio San Felipe, en consecuencia de lo expuesto de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del adolescente Hermen Alvarado Ordóñez por muerte del imputado y ordena la Extinción de la acción penal conforme a lo previsto en el Artículo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal , que libera al imputado antes señalado de la de la acción penal interpuesta por el Ministerio Publico por extinción de la acción penal por la causal arriba indicada. Notifíquese a las partes del auto interlocutorio. Cúmplase.


La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes

Abg. Yurubí Domínguez Ochoa


La Secretaria

Abg. Dafne Rosa Lucambio Fajardo





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