REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 148º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000028
PARTE DEMANDANTE: JUAN CARLOS BLANCO ROJAS.
REPRESENTADO POR: Abg. ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO
YARACUY
EN LA PERSONA DE: DOUGLAS RAFAEL SIONCHEZ
ASISTIDO POR: Abg. DOUGLAS J. PAEZ S.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los DIECINUEVE (19) días del mes de MAYO de 2008, siendo las 11:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: JUAN CARLOS BLANCO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.156.381, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial por la Abogada en ejercicio: ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ, venezolana, mayor de edad e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.555, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, en CONTRA: de LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, representado por el ciudadano: DOUGLAS RAFAEL SIONCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.462.966, actuando en su condición de Alcalde del Municipio Demandado, de este domicilio, tal como consta su condición según la Gaceta Municipal, de fecha 09 de Noviembre del año 2004, signada con el Nº 210, Acta Nº 32, la cual se agrega a la presente Acta, asistido en este acto por el Abogado: DOUGLAS J. PAEZ S, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.728.525 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.234, de este domicilio; conforme a la causa signada bajo el Nº UP11-L-2008-000028, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES 04-06-2008, a las 12:00 M. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que el Actor representado por su Apoderada Judicial, consignó escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Cuatro (04) folios útiles y sus Vtos., con Ciento diez (110) anexos marcados con los números: desde el folio “01” hasta el folio “110”. Así mismo, se deja constancia que el Alcalde del Municipio Demandado asistido por Abogado, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constantes de Dos (02) folios útiles, con Mil Veintidós (1022) anexos marcados con los números: desde el folio “01” hasta el folio ”1022”.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los DIECINUEVE (19) días del mes de MAYO de 2008. Siendo las 11:55 PM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
ALCALDIA DEL MUNICIPIO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY
JUAN CARLOS BLANCO R.
Representado por: Representado por:
DOUGLAS RAFAEL SIONCHEZ.
Abg. ZAFIRO NAVAS
Asistido por:
Abg. DOUGLAS J. PAEZ
La Secretaria Accidental.
Abg. NORAYDEE REVEROL.
AVLH/NR.
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