REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
197º y 148º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000182.
PARTE DEMANDANTE: PAULINA DEL CARMEN CUICAS
REPRESENTADA POR: Abg. ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ
PARTE DEMANDADA: RAFAEL CORDIDO MUJICA.
REPRESENTADA POR: Abg. MARIA ELIZABETH. CAMPOS G.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTE (20) días del mes de MAYO de 2008, siendo las 11:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: PAULINA DEL CARMEN CIUCAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.911.656, de este domicilio, representada en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ, venezolana, mayor de edad e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.555, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, en CONTRA: del ciudadano: RAFAEL CORDIDO MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.558.171, de este domicilio, en su condición de parte Demandada, representado en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: MARIA ELEZABETH CAMPOS G, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.803.625 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.528, de este domicilio, quien actuando con sus facultades acreditadas en autos, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2008-000182, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día JUEVES 05-06-2008, a las 10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que la Apoderada Judicial de la demandante, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles y sus Vtos., con Dos (02) anexos marcados con las letras: “AR” y ”HC”. Así mismo, esta Sentenciadora deja constancia que la Apoderada Judicial de la parte demandada, consigno escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Tres (03) folios útiles y sus Vtos.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los VEINTE (20) días del mes de MAYO de 2008. Siendo 11:34 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
Rafael Cordido Mujica.
Representada por: Representado por:
Abg. ZAFIRO NAVAS I.
Abg. MARIA E. CAMPOS.
El Secretario.
Abg. RUBEN ARRIETA A.
AVLH/RA.
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