JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, CUATRO (04) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
AÑOS: 198º Y 149º
Recibido por distribución la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana GLADYS JOSEFINA ACUÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.621.571, debidamente asistida por la Abogada NEYRA HERRERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 109.498, junto con los recaudos acompañados constante todo de un (01) folio útil y seis (06) anexos; Fórmese expediente, inventariase, désele entrada y el curso de ley correspondiente y tramitase por la vía civil.
Revisadas las actas que integran la presente solicitud, quien sentencia observa que en la misma se constata la existencia de un adolescente llamado YOHNNI JAVIER LOPEZ ACUÑA, hijo del De Cujus, nacido el 26 de febrero de 1.993 y que actualmente cuenta con quince (15) años de edad, la cual aparece demostrado al folio 12, en anexo marcado con la letra “E”. En tal virtud, este Tribunal no es competente, de acuerdo a lo preceptuado en el Parágrafo segundo, literal k) del articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por todo ello, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA, ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial por ser competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 60 del Código de procedimiento Civil.
En consecuencia, remítase las presentes actuaciones al Juzgado mencionado en su debida oportunidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los cuatro (04) del mes de noviembre de dos mil 0cho.
El Juez,
Dr. LUIS HUMBERTO MONCADA GIL.
La Secretaria Acc.,
Abg. GREISLY JAMES RIVERO
En la misma fecha se publico el anterior fallo, siendo las 12:30 pm.
La Secretaria Acc.,
Abg. GREISLY JAMES RIVERO
LHMG/eq
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