REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

San Felipe, 19 de noviembre de 2008
Años: 198º y 149º

Vista la solicitud de INQUISICION DE PATERNIDAD suscrita y presentada por la Abg. MARIA DE LOS ANGELES BERMUDES, Defensora Pública Cuarta, del estado Yaracuy, prestándole asistencia a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ATICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCON DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, quien se encuentra representada por su madre ciudadana YOLLI MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.314.019, mediante la cual solicita la INQUISICION DE PATERNIDAD, contra el ciudadano JESUS CORONA, venezolano, mayor de edad. Este Tribunal observa que al momento de presentar la solicitud la demandante no identifico al demandado ciudadano JESUS CORONA, con su número de cédula, ni con ningún otro de los documentos de identificación señalados en la Ley; por lo que esta sala ante el riesgo de una homonimia, se ordenó la subsanación de la demanda conforme al artículo 455 y 459 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y la notificación de la demandante a los fines de que subsanara el libelo de demanda. Notificada la parte demandante en fecha 30 de octubre de 2008, y agregada en autos en fecha 12 de noviembre de 2008, y habiendo vencido el lapso concedido sin que la demandante haya cumplido con lo subsanación ordenada; en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no admite la presente solicitud, de conformidad con el artículo 455 y 459 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la devolución de los originales presentados y en su lugar se ordena dejar copias certificadas, cuya expedición se decreta.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de 2008. Años: 198º y 149º.
El Juez,

Abg. Frank Santander Ramírez La Secretaria,

Abg. Teresa Castrillo.
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 10:35 a.m. La Secretaria,
Exp. N° 12345/08.
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