ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000473
ASUNTO : UP01-P-2003-000473

Visto el Informe Conductual de fecha 24 de Noviembre de 2008 suscrito por el Licenciado José Noel Contreras Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 5 Barinas Región Andina y el Abogado Donnys Rodríguez Delegado de Pruebas del ciudadano YONNY RAMON MEZA SANCHEZ titular de la cédula de identidad N° 9.985.489 el cual establece que: “Evaluación psicosocial final medianamente satisfactoria”. Este Tribunal observa:
PRIMERO: Por decisión de fecha 19 de Octubre de 2006 este Tribunal de Ejecución N° 1, acordó la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al ciudadano YONNY RAMON MEZA SANCHEZ, por el lapso de Dos (2) Años, dándose el penado por notificado en esa misma fecha y comenzando a regir el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena desde esa fecha y visto que el plazo establecido se extinguió en fecha 19 de Octubre de 2008 y ha cumplido con las condiciones impuestas por ese Tribunal, según se desprende de los Informes Periódicos recibidos, este Tribunal de Ejecución N° 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda la LIBERTAD PLENA por cumplimiento de pena del ciudadano YONNY RAMON MEZA SANCHEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.985.489, residenciado en la Urbanización El Milagro calle Santa Barbara casa N° 11, Barinas Estado Barinas. Notifíquese al ciudadano YONNY RAMON MEZA SANCHEZ, y remítase copia del presente auto a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Barinas, al Fiscal Undécimo y a la Defensora Penitenciaria. Cúmplase.

Abg. Jenny Andaluz Affigne
La Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Douglas Fuentes
El Secretario