REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, Veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000505

Vista la diligencia cursante al folio Diecisiete (17) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: OSWALDO HENRIQUEZ y YARISOL FIGUEIRA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 102.394 y N° 40.560, respectivamente, el primero actuando en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora y la segunda actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal se difiera la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy Jueves 27-11-2008, a las 2:00 PM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda DIFERIR la celebración de la Audiencia Preliminar, para el día MIERCOLES DIECISIETE (17) DE DICIEMBRE DE 2008, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez;

Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Secretaria;


Abg. MIRBELIS ALMEA


AVLH/MA/lisbethcamacaro