REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Cuatro (04) de Noviembre de Dos Mil Ocho
198º y 149º
Fijada como se encuentra la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día de hoy martes (04) de noviembre de 2008, a las doce del mediodía (12:00 M), según consta en acta de fecha veinticuatro (24) de octubre de 2008, inserta a los folios (58 y 59) de este asunto y debido a que las representaciones judiciales de cada una de las partes, identificadas en autos, mediante diligencia de esta misma fecha (04-11-2008), inserta al folio (61), solicitaron su reprogramación; En consecuencia, quien Juzga acuerda REPROGRAMAR la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día: MARTES (18) de NOVIEMBRE DE 2008, A LAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 M). De conformidad con lo establecido por el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se ordena la notificación de las partes.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA.
UP11-L-2008-000170-Oswaldoliscano.