REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Diecinueve (19) de Noviembre de 2008
198° y 149°
ASUNTO: UP11-L-2008-000035
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto al capitulo PRIMERO, referente al merito favorable de autos, este tribunal NO la ADMITE, ya que no es un medio de prueba.
B. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capitulo TERCERO, este tribunal la ADMITE, por no ser contrario a derecho.
A. En cuanto a las pruebas de informes referida en el capítulo SEGUNDO se ADMITE, se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo del Distrito Federal, ubicado en el Municipio Libertador, esquina tienda Honda, Edificio Las Mercedes, frente a la plaza las mercedes, piso 4, Sala de Contrato colectivo, para que remite a este Tribunal: Copia Certificada del Expediente Nº 023-2002-04-00001, contentivo de la Convención Colectiva de Fondo de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines (FONDAFA). Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
PARTE DEMANDADA: La parte demandada No promovió pruebas.-
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
El Secretario;
Abg. Jean Carlos Terán