REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Tres (03) de Noviembre de 2008
198° y 149°
ASUNTO: UP11-L-2008-000643
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto a la prueba documental descrita en el capítulo PRIMERO al QUINTO, este Tribunal la ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
B. En cuanto a lo descrito en el capitulo SEXTO al SEPTIMO y NOVENO, DECIMO, referente a la prueba de exhibición este tribunal la ADMITE, se fija la oportunidad de la evacuación para la fecha y hora de la audiencia de juicio.
C. En cuanto a la prueba de informes promovida en el capítulo OCTAVO, este Tribunal al ADMITE, por lo que se ordena oficiar a la oficina del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Yaracuy para que informe: a) Si el ciudadano Gerber Sequera Rodríguez titular de la cedula de identidad Nº 7.594.428, se encuentra inscrito por ante ese organismo como contribuyente, b) Si la empresa Gas Chiarini C.A., realizo aportes a favor del ciudadano Gerber Sequera Rodríguez titular de la cedula de identidad Nº 7.594.428, su asalariado de las cuotas de afiliación, c) De ser afirmativa la respuesta anterior, cual es el monto de las cuotas de afiliación, d) La fecha desde cuando dejó de efectuarse a favor del ciudadano Gerber Sequera Rodríguez titular de la cedula de identidad Nº 7.594.428 el aporte correspondiente. Líbrese Oficio Cúmplase con lo ordenado.
PARTE DEMANDADA:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte demandada, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto a las pruebas documentales descritas en los capítulos PRIMERO al DECIMO SEGUNDO, este tribunal los ADMITE, por no ser contrarios a derecho.
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;
Abg. Noraydee Reverol