San Felipe, 17 de octubre de 2008.
Años: 198º y 149º
Visto el escrito suscrito y presentado por la ciudadana MIRIAN MIRENA GIMENEZ DE CANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.457.912, actuando en nombre y representación del adolescente hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, venezolano, menor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.302.554, donde solicita se declare al referido adolescente como Heredero del ciudadano AROLDO RAFAEL GUERRERO PUERTAS, quien era portador de la cédula de identidad N° 4.476.284, debidamente asistido por el Abg. JAIRO ARIEL RIOS, INPREABOGADO N° 128.119. Vista las partidas de nacimiento de los ciudadanos HAROLD JHON, EMYLIN LUCELMAR y EDWARD AROLDO GUERRERO GIMENEZ, así como el acta de matrimonio de los ciudadanos RAFAEL GUERRERO PUERTAS y MARLENY SALCEDO CAMACHO, cursante a los folios 20 al 27 del presente expediente, Vista el acta de defunción del de cujus cursante al folio 4; vista la partida de nacimiento del adolescente hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, cursante al folio 3; y vistas las declaraciones rendidas por las testigos, ciudadanos DOMINGO ALEJANDRO CABEZA y FRANCISCO MANUEL TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 11.630.232 y 5.456.652, respectivamente; este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, al adolescente hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE y a los ciudadanos MARLENY SALCEDO CAMACHO, HAROLD JHON, EMYLIN LUCELMAR y EDWARD AROLDO GUERRERO SALCEDO, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de ciudadano AROLDO RAFAEL GUERRERO PUERTAS, quien era portador de la cédula de identidad N° 4.476.284, fallecido en fecha 18 de marzo de 2008; sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE ESTA PROVIDENCIA.
El Juez,
Abg. Frank Santander Ramírez
La Secretaria,
Abg. Teresa Castrillo
En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a los solicitantes.
La Secretaria,
Sol. Nro. 1863/08
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