REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 17 de Octubre de 2008
AÑOS: 198° y 149°

Por recibida la presente Comisión, con Oficio N° 0860-1508, de fecha 08 de Octubre de 2008, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, librado en el Expediente civil Breve N° 33337-2008, relativo al Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido por BANFOANDES BANCO UNIVERSAL C.A, contra los ciudadanos ALECIA FRANCISCA HERRERA DE SUÁREZ, y MÁXIMO RAFAEL SUÁREZ NÚÑEZ, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.456.878 y V- 823.641, respectivamente, Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el N° 598/08, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa.-
Com. 598/08

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 20 de Octubre de 2008
AÑOS: 198° Y 149°

Vista la anterior Comisión, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, relativa al Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido por BANFOANDES BANCO UNIVERSAL C.A., contra los ciudadanos ALECIA FRANCISCA HERRERA DE SUÁREZ y MÁXIMO RAFAEL SUÁREZ NÚÑEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.456.878 y V- 823.641, respectivamente, este Tribunal observa: Por cuanto en la comisión no aparece señalada la ubicación de los bienes a embargar; no pudiendo este Tribunal manifestarse sobre su competencia territorial, en consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas Acuerda no fijar la práctica de la presente hasta que la parte interesada señale mediante diligencia los datos requeridos y una vez conste en Autos la información solicitada, se fijará oportunidad, día y hora para la práctica de la misma. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMIREZ MARÍN


EL SECRETARIO,


ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GARM/vapa
Com. N° 598/08