REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
197° Y 148°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN


Nº DE ASUNTO: UP11-L-2008-000315

PARTE DEMANDANTE: ORLANDO JOSE CASTILLO.

PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, Representada por el ciudadano alcalde :DOUGLAS SIONCHEZ.


REPRESENTADA POR : Abg SARAITH ADDAD GIL.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTIDOS (22) días del mes de OCTUBRE de 2008, siendo las NUEVE 09:00 A.M, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y la realización del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano :ORLANDO JOSE CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.461.371, CONTRA : LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY, Representada por el ciudadano :DOUGLAS SIONCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero : 5.462.966, en la causa Nº UP11-L-2008-000315 de la nomenclatura interna de este Tribunal. Ahora bien este Tribunal constata que no se encuentra presente el ciudadano : ORLANDO JOSE CASTILLO, , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.461.371,, quien no asistió a la celebración de ésta Audiencia Preliminar, ni por si ni su representante legal , el tribunal deja constancia de la comparecencia a esta audiencia preliminar de la representación de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO URACHICHE DEL ESTADO YARACUY , la abogada :SARAITH JOSEFINA ADDAD GIL, venezolana ,mayor de edad, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el numero 79.119, en su condición de Sindico Procurador Municipal , según gaceta municipal de fecha 10 de agosto del año 2.007, numero 341, ordinaria, resolución numero 032-D.A, Y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la, AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En este estado este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, advierte a la parte Actora que ha desistido del procedimiento que no podrá volver a proponer la demanda antes de que transcurran 90 días continuos. (Parágrafo Primero.). En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Se hacen dos (02) ejemplares a los VEINTIDOS (22) días del mes de OCTUBRE de 2008. Siendo las: 09:50 A.M Es todo, terminó, se leyó y conformes firman .PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION


El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.


Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ

PARTE DEMANDADA :

Abg : SARAITH ADDAD GIL.








La Secretaria ,


ABG. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ.