REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIA, MEDIACION Y EJECUCION DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Primero (01) de Octubre de Dos mil ocho
198º y 149º
Visto que para el día de hoy miércoles (01) de octubre del corriente año, a las nueve (09:00 A.M.), corresponde la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa, según auto que riela al folio (21), y debido a asuntos propios ineludibles del Tribunal que impiden a la ciudadana Juez del Despacho presidir dicho acto, en consecuencia este Tribunal acuerda: DIFERIR la Celebración de la Audiencia Preliminar para el día MARTES CATORCE (14) DE OCTUBRE DE 2008, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA.
UP11-L-2008-000254-Oswaldoliscano.