REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

CIENTO VEINTIOCHO (128)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, dieciséis (16) de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2007-000346
Por cuanto para el día de hoy, dieciséis (16) de octubre de dos mil ocho, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por asuntos propios del Tribunal y en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, ordena REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el MIÈRCOLES VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DE 2008 a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ




El Secretario,



Abg. RUBEN ARRIETA





ASUNTO: UP11-L-2007-000346
PIEZA NRO. UNO (01)
AVLH/RA/dilciasosa