REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
VEINTICINCO (25)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintitrés (23) de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2007-000451
Por cuanto para el día de hoy, JUEVES VEINTITRÈS (23) DE OCTUBRE DE 2008, a las 11:00 a.m., esta fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida y por otros asuntos preferentes del Tribunal que imposibilita a la ciudadana Juez presidir dicho acto. En consecuencia, quien Juzga considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR la Audiencia Preliminar, y a tal efecto se fija para el día MARTES ONCE (11) DE NOVIEMBRE DE 2008 a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA
AVLH/MA/dilciasosa