REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008- 000146.
PARTE DEMANDANTE: JUAN GABRIEL LEAL SANDOVAL.
REPRESENTADO POR: Abg. RAMON F. VALECILLOS E.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE LUIS AGUIRRE, C.A
EN LA PERSONA DE: CARLOS JOSE AGUIRRE VASQUEZ.
REPRESENTADO POR: Abg. OCIRIS TORRELLAS GARCIA.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Treinta (30) días del mes de Octubre de 2008, siendo las 11:00 AM., de la Mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Reprogramada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: JUAN GABRIEL LEAL SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.601.885, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: RAMON F. VALECILLOS E, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 16.020.829 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 119.647, domiciliado en la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara, aquí de transito, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: de La Empresa TRANSPORTE LUIS AGUIRRE, C.A, representada por el ciudadano: CARLOS JOSE AGUIRRE VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.353.497, domiciliado en la Carrera 13, Sector vía Las Canarias, en el sentido Yaritagua, San Felipe, a lado del Transporte Calicho, Yaritagua, Estado Yaracuy, en su condición de Presidente de la empresa Demandada, representado en este acto por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: OCIRIS TORRELLAS GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.323.158 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.479, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación de la empresa Demandada, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2008-000146, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 14-11-2008, a las 11:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Treinta (30) días del mes de Octubre de 2008. Siendo las 11:25 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ


Por la Parte demandante: Por la parte Demandada:

Transporte Luís Aguirre, C.A


Representado por: Representada por:


Abg. RAMON F. VALECILLOS E. Abg. OCIRIS TORRELLAS GARCIA.





La Secretaria.

Abg. MIRBELIS ALMEA.











AVLH/MA.