REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

Ciento Cincuenta y Dos (152)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Veinticuatro (24) de Septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2007-000338

Por cuanto para el día de hoy, 24 de Septiembre de 2008, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar y por cuanto el juez a cargo de éste despacho no podrá presidir el acto, debido a asuntos ineludibles del mismo, este juzgado a los fines de resguardar la tutela judicial efectiva, considera necesario REPROGRAMAR la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, para el día MARTES CATORCE (14) DE OCTUBRE DE 2008, a las DOS DE LA TARDE (02:00 PM). Sin Notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

EL JUEZ,



Abg. MARY SALOME SALCEDO


LA SECRETARIA,



ABG. GRECIA VERASTEGUI

TeranJeanC
Hora de Emisión: 9:20 AM
Número de Boleta: