REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MANUEL MONGE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y
MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

AROA, 6 DE ABRIL DEL 2009
AÑOS: 198° y 150°

Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente se desprende que las partes, Ciudadanos: ALEX JORDANIS PARRA e YZAMAR ANDREÍNA SUÁREZ VÉLIZ con cédulas de identidad Nos. 17.149.557 y 19.180.269 respectivamente, han llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo y amistoso acuerdo, relativo a los gastos médicos de la ciudadana YZAMAR ANDREÍNA SUÁREZ VELIZ, de 8 meses de gestación y la fijación de la Obligación de Manutención al nacer la niña, solicitando las partes la HOMOLOGACIÓN de dicho convenimiento, es por lo que este Tribunal de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda HOMOLOGAR EL CONVENIO suscrito entre las partes en sus propios términos, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado de manutención se comprometió a entregar a la demandante de autos la cantidad de CIEN BOLÍVARES FUERTES el día lunes seis del presente mes para cubrir los gastos médicos que requiere la ciudadana YZAMAR ANDREÍNA SUÁREZ VELIZ y aportará la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES quincenales y las cuotas extras para gastos de medicinas y asistencia médica al nacer la niña.
Tómese razón en el diario y déjese copia certificada de esta decisión para el archivo.
El Juez:

Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.-
La Secretaria Temporal:

Feliliana Del V. Palacio Vargas.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Temporal:

EXP. No. 385-09