REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 22 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-002687
ASUNTO : UP01-P-2007-002687
Visto el escrito de 20/04/09 de Revisión de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad por la defensora Publica, abogada LAURA DE ALVARADO, donde se encuentra como imputado el ciudadano ORLY GARCIA PEÑA, por el presunto delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES PROVENIENTE DE ROBO, solicitando específicamente la Ampliación, y la misma puede ser solicitada de parte o acordada de oficio. En fecha 20 de agosto de 2007, se le acordó de presentación cada 15 días por ante la Taquilla de Presentación de Imputados del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal de conformidad en el Articulo 256 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal y en fecha 02/04/08 se amplio la misma a una presentación cada 30 días.
Revisada la causa, observa este Tribunal, que el imputado ORLY GARCIA PEÑA, han venido cumpliendo con el régimen de presentación que le fue otorgado, así se desprende del Sistema Iuris 2000, y por cuanto el Defensor Publico solicita una ampliación del Régimen de Presentación, ya que el actual que fue otorgado consiste en una presentación cada 30 días, considera este Juzgador que lo procedente es Ampliar el régimen de presentación a cada 45 días, por ante la Taquilla de Presentación de Imputado de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: La AMPLIACION DEL REGIMEN DE PRESENTACION de Treinta (30) días a Cuarenta y Cinco (45) días por ante la Taquilla de Presentación de Imputado de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy a favor del ciudadano ORLY GARCIA PEÑA, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 30/06/1983, de 24 años de edad, natural de Mérida, militar, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.933.374, residenciado: Av. Pedro Maria Freitez, Calle Camino Nuevo, Casa S/N, Barcelona, Estado Anzoátegui; Queda si modificado el Régimen de Presentación. Regístrese. Cúmplase. Notifíquese a las partes.
El Juez de Control No. 5,
César Rafael Girón Fadel.
Abogado La Secretaria
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