REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 28 de Abril de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-004800
ASUNTO : UP01-P-2008-004800

Revisada la causa, observa este Tribunal, que consta en autos Experticia de Reconocimiento y Avalúo al folio 53 vto, se aprecia que el vehiculo Clase Moto, tipo Paseo, Marca Yamaha, Modelo R1, Color Vino Tinto, Placa ACC-360, que la misma se encuentra solicitada por la División de investigaciones de Vehículos (Caracas) según Causa Penal No. H-731-471 de fecha 08/10/2007 por uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Contra Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Considere este Tribunal, y que lo pertinente en este caso, es oficiar a dicha institución, y solicitar mayor información, a) Que Fiscalía del Ministerio Publico apertura la Averiguación, b) En que estado se encuentra la investigación; c) Cualquier otra información que considere conducente; d) Igualmente informarle que el vehiculo Clase Moto descrito se encuentra a la orden de este Tribunal, para que se practique cualquier diligencia de investigación penal. En cuanto a la Audiencia, se fijara en su oportunidad legal. Así se decide.

DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Solicitar información a la División de investigaciones de Vehículos (Caracas) según Causa Penal No. H-731-471 de fecha 08/10/2007, en cuanto: a) Que Fiscalía del Ministerio Publico apertura la Averiguación, b) En que estado se encuentra la investigación; c) Cualquier otra información que considere conducente; d) Igualmente informarle que el vehiculo Clase Moto descrito se encuentra a la orden de este Tribunal, para que se practique cualquier diligencia de investigación penal. Ofíciese lo conducente al CICPC, División de Vehículos, Caracas suministrándole toda la información del Vehiculo moto. Regístrese. Cúmplase.

El Juez de Control No. 5,
César Rafael Girón Fadel.
Abogado

La Secretaria