REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy
Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
San Felipe, 29 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002266
ASUNTO : UP01-P-2005-002266
Vistas las actuaciones que integran la presente causa, en la que figuran como sancionados los jóvenes adultos (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el 455 en concordancia con el artículo 83, numeral 4° del Código Penal, en agravio de MARIANO RIVERO SANDOVAL, en uso de las atribuciones conferidas de acuerdo a lo pautado en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a los fines de ejercer un mejor control y vigilancia de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por UN (1) AÑO, que le impuso el Tribunal de Juicio de esta Sección de Adolescentes; procede este Despacho a practicar el cómputo de los días que los prenombrados jóvenes han cumplido las referidas medidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley rectora de esta competencia especial, concluyéndose lo siguiente:
a) El sancionado (IDENTIDAD OMITIDA) se ha sometido en forma ininterrumpida a la supervisión, asistencia y orientación del Equipo Técnico adscrito a esta misma Sección, cumpliendo además las Reglas de Conducta impuestas en su contra desde el día 06/02/07 al 11/10/07 (fecha de interrupción); retomó el cumplimiento el día 27/05/08 interrumpiendo nuevamente el 11/06/08, y por último, siguió el cumplimiento en fecha 04/03/09 hasta el 29/04/09, tal como consta en los informes de seguimiento en el cumplimiento de medidas que rielan a los folios 171, 172 de la primera pieza, 48, 87 y 88 de la segunda pieza del dossier, suscritos por la Lic. LISSETTE GONZÁLEZ SIFONTES, Trabajadora Social del anotado ente multidisciplinario, dando cumplimiento a DIEZ (10) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, restándole por cumplir UN (1) MES Y DIECISEIS (16) DÍAS, que se extinguirán el día 15/06/09 a las 12:00 de la noche.
b) El joven (IDENTIDAD OMITIDA), cumplió las medidas en su contra desde el día 08/02/07 al 11/10/07, y luego retomó el cumplimiento el día 20/02/09 hasta el día 29/04/09, tal como consta en los informes de seguimiento que rielan a los folios 173 y 174 de la primera pieza, y 46, 83 al 85 de la segunda pieza del dossier, suscritos por la Lic. LISSETTE GONZÁLEZ SIFONTES, Trabajadora Social del anotado ente multidisciplinario, dando cumplimiento a DIEZ (10) MESES Y DOCE (12) DÍAS, restándole por cumplir UN (1) MES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, que se extinguirán el día 09/06/09 a las 12:00 de la noche. Notifíquese a las partes y ofíciese al Equipo Técnico. Regístrese. Diarícese. Cúmplase.
La Juez,
ABG. ZULY REBECA SUÁREZ GARCÍA
La Secretaria,
ABG. CLARA MARIBEL SERRANO
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