REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, veinticuatro (24) de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2008-000580
Visto que para el día de hoy viernes veinticuatro (24) de abril de dos mil nueve, a las nueve de la mañana (09:00 am), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia conciliatoria en la presente causa y por cuanto no puede ser celebrada por asuntos propios de este Juzgado que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicha audiencia. En consecuencia, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, este Tribunal acuerda Reprogramar dicho acto para el día JUEVES CATORCE (14) DE MAYO DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIODIA (12:00 M), sin necesidad de notificación de las partes, las cuales se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ



La Secretaria Accidental,


Abg. MARIA ZULEIMA GONZALEZ



ASUNTO: UP11-L-2008-000580
UNA (01) PIEZA
AVLH/MZG/dilciasosa