REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

TREINTA Y SIETE (37)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Siete (07) de Abril de Dos Mil Nueve
198º y 150º

ASUNTO: UP11-L-2008-000580

Por cuanto para el día de hoy, MARTES SIETE (07) DE ABRIL DE 2009, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), estaba fijada la Celebración de la Audiencia Conciliatoria en este asunto, y debido a otros asuntos propios de este Tribunal, que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicho acto, por lo tanto, quien Juzga considera que en aras de cumplir con la finalidad de la Mediación y Conciliación, acuerda y ordena: REPROGRAMAR la Celebración de dicha Audiencia Conciliatoria y a tal efecto se fija para el día VIERNES VEINTICUATRO (24) DE ABRIL DE 2009, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM). No se ordenó notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ


El Secretario,



Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA




AL/RA/gp