República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Guama: Viernes, catorce (14) de Agosto del 2.009
AÑOS: 199° y 150º


El presente procedimiento de Revisión de la Obligación de Manutención, se inicio por solicitud interpuesta por ante este Juzgado por la ciudadana MARISOL JOSEFINA ROJAS AZO, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.505.887, contra el ciudadano ALEXI ANTONIO ANGULO, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.538.290, en beneficio de sus hijos Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Niña y Adolescente, actualmente mayores de edad.

En virtud de que sus hijos son mayores de edad, este Juzgado acuerda de conformidad el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial; asimismo expedir una (01) copia certificada del oficio No. 773 el cual riela a los folios 185 al 186, solicitada mediante diligencia suscrita por la prenombrada ciudadana identificada en autos, quien estuvo asistida por la Abogada en Ejercicio Marta Andrea Mateus H, y quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 66.562.

Tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado. Publíquese en la página web de este Juzgado, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en Guama, a los catorce (14) días del mes de Agosto del año Dos Mil Nueve (2.009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
La Secretaria Accidental

Abg. Ligia Ode Silveira.
T.S.U. Olga Beatríz Reyes Vilaró
En esta misma fecha, siendo las 02:00 PM. se publicó la anterior sentencia.

La Secretaria Accidental


T.S.U. Olga Beatríz Reyes Vilaró

LOS/obrv/
Exp N° 569/06