REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, cinco (05) de agosto de dos mil nueve
199º y 150º

Fijada como se encuentra la Celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa, para el día de hoy miércoles cinco (05) de agosto de 2009, a las diez de la mañana (10:00 AM), según auto de fecha (20) de Julio de 2009, cursante al folio (97) de este expediente y por asuntos propios del Tribunal, que imposibilitan a la ciudadana Juez presidir dicho acto. A tal efecto, quien sentencia acuerda DIFERIR la celebración de dicha AUDIENCIA PRELIMINAR DIFERIDA y se fija para el día JUEVES VEINTICUATRO (24) DE SEPTIEMBRE DE 2009, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se ordena notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,




Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ.



El Secretario,




Abg. RUBEN EDUARDO ARRIETA
AVLH/REAA/maritzacuicas