REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Cinco (05) de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2008-000311.-
Visto que para el día de hoy Miércoles 05-08-2009 a las 12:00 M, estaba prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Diferida en la presente causa UP11-L-2008-000311, y por cuanto por asuntos propios del Tribunal la Ciudadana Juez del Despacho no puede presidir dicho acto. Este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR ésta Audiencia Preliminar diferida, en consecuencia, se fija el día JUEVES VEINTICUATRO (24) DE SEPTIEMBRE DE 2009, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), la oportunidad para su celebración. No se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el artículo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
El Secretario,
Abg. RUBEN E. ARRIETA A.
AVLH/REAA/lisbethcamacaro.-