REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000359

En el día de hoy, Martes Ocho (08) de noviembre del año dos mil nueve (2009), siendo las diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, incoada por los ciudadanos: YURI MARISELA TORRES G; YOLEIDA MOSQUERA y FREDDY RAMON HERNANDEZ; CONTRA: EL MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY, plenamente identificada en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes, dejándose constancia que se encuentra presente la parte demandante representada por la profesional del derecho ZAFIRO NAVAS inscrita en el Inpreabogado bajo el número 24.555; así mismo se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY representado en este acto por los abogados SOLANGEL OSTO y OCTAVIO ALCALA debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.130 y 18.974 respectivamente, la primera en su condición de SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL y el segundo en su carácter de Apoderado Judicial. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. MARÍA ZULEIMA GONZALEZ, el Alguacil ISRAEL SCHWARTZ y la secretaria ABG. NORAYDEE REVEROL por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Tomó la palabra la ciudadana Juez, quien interrogo a la demandada sobre su punto de vista con relación al desistimiento formulado por la ciudadana Maryelin Cristina Torres Miranda. En este estado toma la palabra la parte demandada, quien manifiesta que acepta el desistimiento antes señalado.
Seguidamente tomó la palabra la parte demandante a través de la profesional del derecho ZAFIRO NAVAS inscrita en el Inpreabogado bajo el número 24.555; quien expuso los argumentos de hecho y de derecho en los que fundamenta su pretensión.
Asimismo tomo la palabra la parte demandada representada por el abogado OCTAVIO ALCALA, antes identificado quien expuso los alegatos de su defensa, y alego como punto previo la falta de competencia y falta de jurisdicción de este Tribunal para conocer de la presente causa, en razón de que la parte actora son funcionarias de carrera.
Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarréplica.
Posteriormente, se procedió a la EVACUACIÓN DE LA PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO POR LAS PARTES.


PRUEBAS DE LA DEMANDANTE:
1. Recibos de pagos (f.8-12).
Ninguna Observación.
2. Recibos de pago de anticipo de prestaciones sociales (f. 13 al 16).
Son planillas de liquidación.
3. Instrumento bono alimentario (f.17-20)
Ninguna Observación.
4. Exhibición de nóminas de pago de beneficio de alimentación
Consigna copias certificadas para que sean confrontadas con sus originales correspondientes al año 2008 (enero-diciembre).
Parte actora: Solo consignan las nominas correspondientes al año 2008 y de ellas se evidencia que el valor de la cesta ticket era de Bs. 18,82 cuando se evidencia de las mismas que eran cancelados a un costo de Bs. 8,00.
5. Exhibición de nóminas de vacaciones
Al folio 40 corre inserta la planilla de vacaciones correspondiente a una de las trabajadoras accionante. Dice la demandada que no los presenta por cuanto no se los dieron en la Alcaldía.
Parte actora, insiste en su valor, por lo que solicita se aplique la consecuencia jurídica de la no exhibición.
6. Exhibición de nóminas de cancelación de bono vacacional
Señala la parte demandada que la ciudadana Marisela Torres reclama conceptos desde el año 2002, 2003 y 2004 cuando efectivamente comenzó su relación de trabajo el 02-01-2005 como consta en la planilla de liquidación.
Parte actora: Insiste en la reclamación de su representada.
7. Exhibición de nóminas de pago de antigüedad
No fueron exhibidas. La parte actora, insiste en su valor probatorio y en la aplicación de la consecuencia jurídica de la no exhibición.
8. Exhibición de nóminas de pago de prestaciones sociales
No fueron exhibidas. La parte actora, insiste en su valor probatorio y en la aplicación de la consecuencia jurídica de la no exhibición, y acepta como validos los recibos consignados de los cuales se evidencia que fueron mal calculados.
9. Prueba de informe dirigida al IVSS (f.)
No hay observación.

PRUEBAS DE LA DEMANDADA:
1. Comprobantes de cheque de pago por prestaciones sociales (f. 24, 32, 40, 44, 50, 54 y 61).
Ninguna observación.
2. Ordenes de pago (f. 25, 33, 41, 45, 51, 55 y 62).
Ninguna observación.
3. Oficios (f. 26 y 34).
Ninguna observación.
4. Planillas de liquidación (f. 30, 39, 49 y 60).
Se evidencia que el salario mensual devengado era de 632,50 y el diario era de 21,08, y que el valor de la cesta ticket era de 8,40 para los años 2002, 2003 y 2004, lo cual era calculado erróneamente.
5. Estados de cuenta (f. 27-29, 37-38, 47-48 y 58-59).
No se realizaron los cálculos respectivos con el salario integral sino con el salario básico.
6. Memorandos (f.23, 31, 35, 43, 46, 53 y 57).
Ninguna Observación.
7. Solicitudes de pago (f.42, 52, 56 y 63)
Ninguna observación; solo en lo que respecta a la documental que corre inserta al folio 63 realiza objeción en relación a la fecha de inicio de la relación de trabajo.
8. Notificación (f.36)
Ninguna observación.
9. Certificación de los criterios administrativos utilizados por la Alcaldía demandada para la cancelación del beneficio de cesta ticket (f. 64 y 65) cuya ratificación del tercero fue solicitada.
Impugna dicha prueba por cuanto no tiene control de la misma, ya esta viene a ser ratificada por un tercero, empleado del ente demandado.
La parte demandada señala que el tercero no pudo comparecer a ratificar dicho contenido, sin embargo solicita se le otorgue pleno valor probatorio.

La ciudadana juez se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo.
En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE el alegato de Cuestiones Previas opuesto por la parte demandada MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos, incoada por los ciudadanos: YURI MARISELA TORRES G; YOLEIDA MOSQUERA y FREDDY RAMON HERNANDEZ; CONTRA: MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY. TERCERO: ESTE TRIBUNAL LE IMPARTE SU HOMOLAGACION al DESISTIMIENTO formulado por la ciudadana: MARYELIN CRISTINA TORRES MIRANDA contra la presente demanda. CUARTO: Se condena a la parte demandada cancelar a la parte demandante, YURI MARISELA TORRES G; YOLEIDA MOSQUERA y FREDDY RAMON HERNANDEZ; las cantidades y conceptos señalados en la parte motivacional de la sentencia, siempre que no sean contrarias a derecho. QUINTO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS al demandado MUNICIPIO MANUEL MONGE DEL ESTADO YARACUY, en acatamiento de la sentencia de fecha 04-04-2006 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia Caso: Trina Betancourt y Otros Vs. Corposalud-Aragua. SEXTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.
La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;

Abg. MARIA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCÍA

Por la Demandante: Por la Demandada:
Abg. ZAFIRO NAVAS Abg. SOLANGEL OSTO

Abg. OCTAVIO ALCALA
La Secretaria;

Abg. NORAYDEE REVEROL
El Alguacil;

ISRAEL SCHWARTZ