REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, cuatro (4) de Diciembre de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2003-001280

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto y vista la diligencia de fecha 28 de Octubre de 2009, presentada por el ciudadano MAURY JOSE RODRIGUEZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-19.380.277, debidamente asistido por la abogada LOURDES GABREILA FREIRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.669, mediante la cual solicitó le sea entregada la libreta de ahorros y se le autorice a movilizar la cuenta N° 0134-0099 762120210001 del Banco Industrial de Venezuela; en consecuencia esta Sala de Juicio N° 2, AUTORIZA a los ciudadanos MAURY JOSE y MAURICIO RAFAEL RODRIGUEZ ORTIZ, para que retire de la cuenta de ahorros Nº 0003-0010-11-0101022108 del Banco Industrial de Venezuela, la cantidad de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (Bs.1.591,81) cada uno, en virtud de que ambos cumplieron la mayoría de edad. Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de esta Circuito Judicial, a fin de realizar las diligencias tendientes al cumplimiento de lo ordenado por esta Sala de Juicio. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto una vez cada uno de los jóvenes tenga su dinero. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA

Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K.