REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 4 de diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AH1B-F-2008-000346
Sentencia Interlocutoria.


Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos PATRICIA ALEJANDRA SÁNCHEZ LEON y ROQUE DE GREGORIO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, y titulares de la Cédula de Identidad No. V-12.259.571 y V-9.698.734, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ILVA LOPEZ BALZA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro° 12.282, este Juzgado le da entrada y la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, por cuanto el Juez exhortó a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse está, este Juzgado DECRETA dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES en los mismos términos y condiciones por ellos expresados en su solicitud, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y siguientes del Código Civil en concordancia con el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la solicitud y del presente auto, las cuales serán entregadas a los interesados. Asimismo, se insta a la parte a consignar los fotostatos respectivos, a los fines de la elaboración de las copias solicitadas. Cúmplase.
EL JUEZ,


DR. ANGEL VARGAS RODRÍGUEZ,
LA SECRETARIA.


ABG. NAYLA SOLVEY ROJAS


AVR/NSR/Gustavo.
Asunto Antiguo: 25557
Asunto: AH1B-F-2008-000346