ESTE JUZGADO DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Efectuada la revisión de la medida del Privación de Libertad que pesa contra el joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), antes identificado, se niega su sustitución por una medida menos gravosa, y en atención a ello, se acuerda mantener la privación de libertad en los términos de su imposición según el resultado del cómputo practicado por este Tribunal en fecha 27/01/09, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: se ordena el reingreso del sancionado al Internado Judicial de San Felipe, estado Yaracuy. Y ASÍ SE DECLARA.